AYUDAS PARA LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CINEMATOGRÁFICO
CONVOCA: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Beneficiarios:
1. Podrán optar a estas ayudas los productores o propietarios de las obras cinematográficas y audiovisuales y de su soporte original que cumplan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y se comprometan a no exportar dicho soporte original durante un periodo mínimo de diez años. Cuando sean varios los productores o propietarios, el compromiso se efectuará de forma solidaria.
2. Los gastos de la realización de los elementos indicados en el apartado primero deberán haberse contraído como máximo en los cuatro años anteriores a la fecha de la convocatoria.
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