Con cargo a esta convocatoria se financiará como máximo el 80 por 100 del coste total efectivo de cada actividad subvencionada.
Esta subvención será compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicas o privadas para la misma actividad, siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el coste de la actividad subvencionada.
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